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Show (XVlll ) c6mo se debm medir: Artic ulo 4- . . . . . . . . . . . . . 82 Veta i11clinada: cOmo sc lza de atendcr a/ mds 6 mlfnos echado de lf!la para Ia medida por su qua-dm: Articulo 5·.... . .. . . . .. . . . . . . . . . . . . . . 82 Veta cou iucliuacion, eclzado 6 t·ctiro desde trcs dcdos a dos palmos en una vara de plomo : que medida correspoudcrd darle t·espcctivamente por sre quadra : Articulo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82 Vetas de nufs 6 mfnos 1·ecucsto 6 t·etiro: cOmo d proporcion del que cada tma tu.vicre sc lza de arreglar Ia medida por su quadra y sabre su echa-do: Art iculo 7·.. .. .. ..... . . . ..... . .. . ... . ' 83 Veta de mas echado 6 retiro que el de vara p or vara , 6 45 grados : qual deberd ser su medida por Ia quadra : Articulo 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 3 Parte de Ia medida que corresponda por Ia quadra de Ia Veta al I ado opuesto d stt remcsto: en qwf caso y circtmstaucias se podrd couccder a! que lo pida : Artic ulo 9· . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84 Pcrtencncias y mcdidas en los ]Jfacercs , Rcbosadt• ros, y qualesquicra· ot ros Criaderos irrcgtila-rcs de plata rt oro: c6mo , y par quifn sc /zan de arreglar : Articu lo r o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84 Estacas 6 Mojoucs para scJ1alar las pcrtcuencitzs: qududo, d611de y baxo que obli'gacion se han de jixar; y en qui caso , y con qud jornzalidades se podrd permith· su mejm·a : Articulo 1 r. . . . . . . 8 5 A mpliacion en las Minas ya abiertas de ltls medidas auti'guas hllJ'ta las que ahora se detcrmi~ nan : en quciles se podrd conceder : Art ic ulo 1 2. . • 86 ltzmutabilidad de Est acas : cOmo se l1a de ob-l, ( ,, . {X/X) servar tambieu arm en ltts Mi11as ya labradas. 6 que se demmcicwen par despobladas 6 perdidas: Articulo r 3·. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86 lntroducion con las laborcs de uua Mina en la p crte1le11ci'a de otra: prolzibesc rigorosamcnte; y se ex.ceptiia el iinico caso en qui serd permit/do: Articulo 14- .. . ..... . . .. ..... . . . . . .... . . . lJfincro que continuando sus labores //ega d pertc11encia ageua eu scguimieuto del metal que !le-va , 6 lo dcscubre cut6nces sin que el DttcJ1o de ella lo !taJ'a descubierto : como se lza de proceder en cste caso , y en el de barrenarsc; y en qui pe- 1Ja i'ncurrird el tal lrfiuero si contraviuiere y se le probare: Articulo I 5· .. ... .......... . ... . . . Mincro que avmzz ttrc sus labores subternmcczs lwsta sa!irse co1t elias de los lfmites de su pertc- 11C1?cia , bien sea por Ia lougitud , 6 por Ia quadra : qwilcs hau de scr en tal caso sus obligacio- 1zes; y quciles las circwzstancias co1zctwreutes pa-ra que 1w se le !taga retroceder, 11i impida el tra-bajo : Articulo I 6 ..... . . . .. . .. . ... . . . ... . . Veta que sacando fa cabeza en uua pertenencia /I eve Ia cola para otra recostdudose : en qw! parcion 6 trcclw podrdn gozarla los D ue1los de las ta-les pertcnencias : Articulo 17 . ...... . . , . . . . .. . T ITU L 0 9 ~ D e como de ben labrarse, fortificarse }·. y ampararse las Minas. Causas que J d bemificio de Ia 11Ja)'Or seguridad, 88 |