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Show (128) otro exercJCJO : a cuyo fin los Duefios de Minas podran tener Recogedores con li: cencia de !a Justicia y de Ia Diputacion territorial de Minerfa , como se acostumbra ; pero entendiendose que no han de poder ser comprehendidos para tal destino ningun Espafiol , ni Mestizo de Espafiol, respecto cJe esrar estos repmados por tales Espafioles , hallarse {mos y 6rros exl:mos por las Leyes , y que, aun quando por su ociosidad 6 deliros se les hubiese de corregir , deberan aplicarseles arras penas por su J uez · propio segun corresponda a sus excesos. En la distribucion y repartimiento de los Indios de los Pueblos cercanos a los Reales de Minas, que Haman de Quatequit 6 de Mita en las Haciendas de beneficia de metales, se observaran los Despachos y providencias superiores ganadas en diferentes tiempos por los Duefios de dichas Haciendas en las que se hallaren en corrieme, y lo hubieren conservado con continuacion; pero en quanta a las desiertas y a ban- ' ' 1 (129) donadas cuyo repartimiento haya sido ocupado por otras de nuevo establecidas , se les mantendra a estas en !a poscsion en que se hallaren , y aquellas solo podran , en cl caso de su restablecimiento , reclamar cl Quatequil de los Pueblos que antes era suyo y no estuviere de nuevo ocupado, observandose lo mismo en lo respectivo a las Quadrillas de Minas y Haciendas ; pero ni para las unas ni para las 6tras se ha de poder exceder en !a dicha distribucion y repartimiento de Indios de Quatequil 6 Mita del quatro por ciento, con forme a Ia practica seguida en Nueva-Espana. Y a fin de que se templen las Miras quanta fuere posible en beneficia de los Indios , ordeno y mando que, en execucim1 y cumplimiento de Ia ·lei I~ tit~ I 5 del lib. 6°, y de !a 4~ del propio tit~ lib. 7~, se puedan apremiar y obligar al rrabajo de !a labor de las Minas :i los Ncgros y Mulatos libres que anden vagos , y a los Mestizos de segundo 6rden que no tuviercn oficios; y que a aquellos que por delitos fuesen condenados :i algun servicio, no siendo de los cxceptuados por el Arr£culo antecedente, se les pue- R |