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Show 5IO ( JEN CUYA RELACION? pared therewith, and any error I may have made be detected. Beginning immediately after mention of Nisa, in the last line of our p. 479, the text continues: " en cuya relacion de viage se dize que haviendo caminado este Religioso [ » . e. t Juan de la Asumpcion] como 600. leguas al Noroeste de Mexico llego a un Rio tan grande y caudaloso que le impidio el paso [ fue sin duda el Colorado- interlineation of the scholiast]; y prosigue diciendo que los Indios de este le informaron que como a diez jornadas al Norte habia otro mayor Rio, poblado de mucha Gente cuya multitud explicaron con punos de arena; que tenian Casas de tres altos, y amurallados sus Pueblos y que andaban bestidos y calzados de gamuza y mantas de algodon. Confirma mi pensamiento el fundamento grabe de que viniendo este Rio del Nordeste respecto del Parage donde adquiri noticia del corresponden las diez jornadas hasta el Rio que cita la Relacion arriba expresada. Tambien en la circunstancia del bestido tengo fundamento pues 4 mas de que todos los Yabipais he visto que se visten de gamuza y los Moquinos de mantas; me informaron los Jamajabs que todas las Gentes que ellos tienen al Norte andan bestidas; con-viene ta/ nbien en la noticia de las Casas y Pueblos amurallados de que los Indios informaron al R. P. Fr. Juan de la Asumpcion en lo que no hallo dificultad alguna para crcerlo respecto de que en el Pueblo de Oraibe vi Casas de dos 6 tres altos, y por la parte que entre en el, en la que no tenian ventana alguna mas parecian murallas que Casas. Asi lo dexo dicho en el Diario. Esta es la verosimilitud que hallo en las noticias de la citada relacion." What with peculiarity of punctuation and involution of construction the foregoing is not easy to turn into word- for- word English; but the sense is plain, and I regard this whole passage as of prime importance in its bearing upon the question of Juan de la Asumpcion's entrada. For it would seem to be almost conclusive evidence that such an entrada was actually made into Arizona in 1538. The same view of the case is taken by Ban- |